El decreto anterior permitió la regularización de un porcentaje significativo de vehículos, principalmente de tipo pickup, utilizados en labores de campo y traslados a escuelas y centros de trabajo en estados fronterizos y Baja California Sur. La nueva reforma amplía los criterios de regulación para incluir vehículos usados comercializados en EE. UU. o Canadá cuyo NIV inicie con letra, lo que abarca más de seiscientos mil vehículos en territorio nacional cuya legal estancia aún no ha sido acreditada.
La reforma al artículo 2 del decreto establece que los vehículos usados cuyo NIV corresponda a fabricación o ensamble en los países mencionados, así como aquellos cuyo NIV inicie con letra, podrán obtener regularización en México sin requerir certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía, intervención de agente aduanal, ni inscripción previa en el Padrón de Importadores. Esto simplifica significativamente el proceso de regularización, aumentando la seguridad jurídica y certeza patrimonial para los propietarios de dichos vehículos.
Este decreto entra en vigor desde el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y representa un paso adelante en la estrategia del gobierno para regularizar vehículos usados de procedencia extranjera, contribuyendo al bienestar de la población y a la seguridad pública.
Actualmente la vigencia del decreto de regularización de vehículos es del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Se espera que próximamente se publique reforma al decreto que amplíe la vigencia de este beneficio.