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Importación de vehículos para desmantelar.

Autos cortados 01

Las disposiciones aduaneras permiten a las empresas comercializadoras o personas físicas con actividad empresarial, importar vehículos automotores usados a la región y franja fronteriza norte del país, mismas que requieren partes sueltas y refacciones automotrices usadas para desarrollar sus actividades (vehículos para desmantelar, yonkes, deshuesaderos).

Dentro de la industria automotriz existe un segmento dedicado al desmantelamiento de vehículos automotores usados, que importan dichas unidades, una vez obtenido el permiso previo de importación por parte de la Secretaría Economía.

Para obtener el permiso, es requisito que las compañías estén ubicadas en la franja fronteriza norte: Baja California, Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en sus municipios de Cananea y Caborca, cuenten con registro al amparo del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, y dedicarse al desmantelamiento de vehículos automotores usados, además de cumplir con los requisitos previstos al efecto en el “Acuerdo que establece los criterios para emitir permisos previos de importación a las empresas de la región y franja fronteriza norte del país dedicadas al desmantelamiento de unidades automotrices usadas”.

A estas personas únicamente se les autoriza la importación de esta clase de vehículos, de cinco o más años anteriores a la fecha en que se realice la importación, siempre que estén clasificados en las fracciones arancelarias: 8701.20.01, 8703.21.99, 8703.22.01, 8703.23.01, 8703.24.01, 8704.31.03, 8704.31.99, 8704.32.02, 8704.32.03, 8704.32.04 y 8704.32.05.

Aunado a este tratamiento por dichas unidades, el importador no estará obligado a garantizar a través de cuentas aduaneras de garantía las posibles contribuciones por diferencia de valor (precios estimados por la SHCP).

VEHÍCULOS QUE PUEDEN IMPORTARSE PARA DESMANTELAR:

  • Vehículos modelos 2021 y anteriores
  • Cualquier marca, modelo, y país de origen

Requisitos para personas físicas:

  • Permiso de importación de vehículos usados para desmantelar
  • Factura comercial
  • Título de propiedad
    Título original de propiedad del vehículo
  • Certificación de origen (en su caso, para exentar el pago del impuesto de importación)
  • Identificación oficial vigente
    Credencial de elector, pasaporte mexicano, matrícula consular
  • Constancia de Situación Fiscal
  • CURP
  • Comprobante de domicilio
    Antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono fijo, gas, CFDI de arrendamiento)
  • Fotografía del VIN
    Fotografía del número de identificación vehicular
  • Expediente de comercio exterior (documentos proporcionados por la Agencia Aduanal): Contrato de prestación de servicios profesionales para la importación, carta encomienda, constancia de solicitud de información de dueños beneficiarios, respuesta a la solicitud de dueños beneficiarios, datos del dueño beneficiario, formato de alta.

Requisitos para personas morales:

  • Permiso de importación de vehículos usados para desmantelar
  • Factura comercial
  • Título de propiedad
    Título original de propiedad del vehículo
  • Certificación de origen (en su caso, para exentar el pago del impuesto de importación)
  • Copia certificada del acta constitutiva donde se muestre su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Comercio y Poder Notarial del Representante Legal
  • Copia certificada del instrumento notarial que contenga los poderes del representante legal
  • Identificación oficial vigente del apoderado o representante legal
    Credencial de elector, pasaporte mexicano, matrícula consular
  • Constancia de situación fiscal
  • Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses de antigüedad)
    Antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono fijo, gas, CFDI de arrendamiento)
  • Fotografía del VIN
    Fotografía del número de identificación vehicular
  • Expediente de comercio exterior (documentos proporcionados por la Agencia Aduanal): Contrato de prestación de servicios profesionales para la importación, carta encomienda, constancia de solicitud de información de dueños beneficiarios, respuesta a la solicitud de dueños beneficiarios, datos del dueño beneficiario, formato de alta.

 

Permiso de importación de vehículo usados para desmantelar:

  • Permiso de importación de vehículos usados para desmantelar
  • Factura comercial
  • Título de propiedad

Contribuciones:

  • Impuesto al Valor Agregado – IVA: 16%
  • Impuestos General de Importación – IGI: 50% (Exento si presenta la Certificación de Origen si el vehículo es fabricado o ensamblado en México, Estados Unidos o Canadá). Las personas que realicen actividades de comercialización; presten servicios de restaurantes, hoteles, esparcimiento, culturales, recreativos, deportivos, educativos, investigación, médicos y asistencia social; alquiler de bienes muebles y servicios prestados a las empresas ubicadas en la franja fronteriza norte o en la región fronteriza y que cuenten con registro como empresa de la frontera, podrán importar esta mercancía totalmente desgravada de IGI (Ex.). Lo anterior no aplica para las personas que tributen bajo los regímenes previstos en el Título II, Capítulos VII y VIII, y en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la LISR
  • Derecho de Trámite Aduanero – DTA: 0.8% (Exento si presenta la Certificación de Origen si el vehículo es fabricado o ensamblado en México, Estados Unidos o Canadá).
  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos – ISAN: Ver tabla

Observaciones:

  • Requiere permiso para la importación definitiva para vehículos para desmantelar por parte de la Secretaría de Economía
  • Requiere inscripción en el padrón de importadores y de Sectores Específicos
  • Solamente se pueden importar por las siguientes aduanas: Juárez, Reynosa, Matamoros, Mexicali, Nogales, Nuevo Laredo, Piedras Negras, Tijuana y Veracruz

PERMISO DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS PARA DESMANTELAR

 

Requisitos para personas morales:

  • Registros Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Formato de expedición de permisos de importación o exportación y de modificaciones
  • Acta constitutiva y sus modificaciones y poder notarial correspondiente

 

Requisitos para personas físicas:

  • Registros Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Formato de expedición de permisos de importación o exportación y de modificacione
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses
  • En caso de realizar actividades empresariales, copa de la hoja de inscripción en el RFC
  • Poder notarial del representante legal
  • Pedimentos de importación correspondientes al permiso inmediato anterior, en su caso
  • Únicamente para la fracción arancelaria 8701.20.02 deberá presentarse un informe durante los primeros 10 días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año

 

Opciones para realizar el trámite:

El trámite se realiza en línea en el sitio de Ventanilla Única (www.ventanillaunica.gob.mx), o en las delegaciones y representaciones de la Secretaría de Economía.

 

Costo del trámite:

El trámite es gratuito

– Últ. act. 05-nov-25

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