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Tractopartes.

Tractopartes

Es posible importar como personas físicas y morales tractopartes, independientemente del modelo y su país de origen, sin embargo, debe considerarse que es necesario en cualquier caso estar dado de alta en el padrón de importadores, o bien, realizar la importación a través de una empresa comercializadora que cuente con dicho padrón.

Esta sección comprende la importación definitiva de partes y accesorios de los tractores de carretera, tal como se desprende de lo siguiente:

La importación de la unidad debe llevarse a cabo a través de una agencia aduanal legalmente establecida, contando con el pedimento de importación correspondiente para cada vehículo y presentarlo ante el área designada por la aduana de que se trate, para realizar su importación.

Al ingresar al país, dichos vehículos deberán pagar los impuestos y derechos federales y estatales aplicables a las unidades que se comercializan en México (IGI, IVA, y el DTA) en los términos de las disposiciones legales aplicables.

El comprador debe asegurarse que la mercancía cumple con todas las normas oficiales mexicanas y demás regulaciones.

PARTES Y ACCESORIOS DE LOS TRACTOCAMIONES:

  • Cinturones de seguridad
  • Frenos y servofrenos, y sus partes
  • Cajas de cambio y sus partes
  • Ejes con diferencial
  • Ruedas, sus partes y accesorios
  • Sistemas de suspensión y sus partes (incluidos los amortiguadores)
  • Radiadores y sus partes
  • Silenciadores y tubos (caños) de escape y sus partes
  • Embragues y sus partes
  • Volantes, columnas y cajas de dirección, y sus partes
  • Bolas inflables de seguridad con sistema de inflado (airbags) y sus partes
  • Marcos de chasis y sus elementos constitutivos
  • Partes de carrocería y el equipo de ésta: caja, piso, costados, paneles, maleteros, puertas, lunas, estribos, aletas, guardafangos, salpicaderos, parachoques, etc.
  • Otras partes.

Requisitos para personas físicas:

  • Factura comercial
  • Certificación de origen (en su caso, para exentar el pago del impuesto de importación)
  • Identificación oficial vigente
    Credencial de elector, pasaporte mexicano, matrícula consular
  • Constancia de Situación Fiscal
  • CURP
  • Comprobante de domicilio
    Antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono fijo, gas, CFDI de arrendamiento)
  • Expediente de comercio exterior (documentos proporcionados por la Agencia Aduanal): Contrato de prestación de servicios profesionales para la importación, carta encomienda, constancia de solicitud de información de dueños beneficiarios, respuesta a la solicitud de dueños beneficiarios, datos del dueño beneficiario, formato de alta.

Requisitos para personas morales:

  • Factura comercial
  • Certificación de origen (en su caso, para exentar el pago del impuesto de importación)
  • Copia simple del acta constitutiva donde se muestre su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Comercio y Poder Notarial del Representante Legal
  • Copia simple del instrumento notarial que contenga los poderes del representante legal
  • Identificación oficial vigente del apoderado o representante legal
    Credencial de elector, pasaporte mexicano, matrícula consular
  • Constancia de situación fiscal
  • Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses de antigüedad)
    Antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono fijo, gas, CFDI de arrendamiento)
  • Expediente de comercio exterior (documentos proporcionados por la Agencia Aduanal): Contrato de prestación de servicios profesionales para la importación, carta encomienda, constancia de solicitud de información de dueños beneficiarios, respuesta a la solicitud de dueños beneficiarios, datos del dueño beneficiario, formato de alta.

Contribuciones:

  • Impuesto al Valor Agregado – IVA: 16%
  • Impuestos General de Importación para tractopartes – IGI: 0-5% (Impuesto variable dependiendo de la parte o accesorios de que se trate. Exento si presenta la Certificación de Origen si el vehículo es fabricado o ensamblado en México, Estados Unidos o Canadá).
  • Derecho de Trámite Aduanero – DTA: 0.08% (Exento si presenta la Certificación de Origen si el vehículo es fabricado o ensamblado en México, Estados Unidos o Canadá).

Observaciones:

  • La importación de esta mercancías podría estar sujeta a Normas Oficiales Mexicanas u otras regulaciones.

– Últ. act. 01-feb-23

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